Ayudas a la producción y comercialización de la miel, en el marco de la intervención sectorial apícola.
Resolución de la Consejera de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Alimentación, de 6 de mayo de 2025, por la que se convocan ayudas a la producción y comercialización de la miel, en el marco de la intervención sectorial apícola.
Las personas jurídicas y demás sujetos recogidos en el artículo 14.2 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, están obligados a presentar sus solicitudes a través del Registro Electrónico General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria en la dirección electrónica «sede.cantabria.es».
Las personas físicas pueden presentar sus solicitudes en cualquiera de los lugares establecidos a los que se hace referencia en el artículo 134.8 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria: a través del Registro Electrónico General o en la Oficina de Asistencia en Materia de Registro Auxiliar de la Consejería.
Documentación
Las solicitudes irán acompañadas de la siguiente documentación:
- Copia del NIF o NIE del solicitante o autorización para que los datos sean comprobados por la Administración.
- Memoria descriptiva de las medidas a desarrollar.
- Presupuesto detallado del coste de las medidas, diferenciando entre:
1- Prestar información y asistencia técnica: acciones a.1, a.2, a.3 y a.4.
2- Inversiones en activos materiales e inmateriales: acciones b.1.1, b.1.2, b.1.3, b.1.4, b.1.5, b.1.6., b.1.7, b.2.1, b.2.2, b.3.1, b.3.2, b.4.1, b.5.1, b.5.2, b.5.3, b.5.4, b.5.5 y b.5.6.
3- Establecer medidas de apoyo para el análisis de la miel: acciones c.1 y c.2.
4-Promoción, comunicación y comercialización destinadas a sensibilizar a los consumidores sobre la calidad de los productos apícolas: acciones d.1, d.2, d.3, d.4, d.5.1.1, d.5.1.2, d.5.1.3 y d.5.1.4.
- Declaración del censo de colmenas (Anexo II de la presente Resolución).
- Declaración responsable de no estar incurso en las causas de incompatibilidad o prohibición, para obtener subvenciones, de las establecidas en los artículos 12.2 y 12.3 de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de subvenciones de Cantabria y 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (Anexo III de la presente Resolución).
- Que se conoce y acepta que la Administración Pública podrá comprobar, en cualquier momento, la veracidad de todos los documentos, datos y cumplimiento de los requisitos por cualquier medio admitido a Derecho. En el supuesto de que la Administración compruebe la inexactitud de los datos declarados, el órgano gestor estará facultado para realizar las actuaciones procedentes sin perjuicio de las responsabilidades que pudieran corresponder en virtud de la legislación aplicable. (Anexo III).
- Copia de las hojas del Libro de Registro de Explotación Apícola en las que figure la documentación referente al número de colmenas, tipo y clase de explotación. En el caso de las solicitudes presentadas por entidades asociativas, copia de las hojas del libro de registro de explotación apícola en las que figure la documentación referente al número de colmenas, tipo y clase de explotación de cada una de las explotaciones por las que se solicita la ayuda, propiedad de los apicultores que la integren.
- Copia de las hojas del Libro de Registro de Tratamientos Medicamentosos de la explotación en las que figure, al menos, la anotación correspondiente al tratamiento contra la varroa del año precedente, efectuado con un producto autorizado, entre los meses de septiembre y noviembre. Si el producto utilizado requería prescripción veterinaria, se deberá incluir también la copia de las anotaciones efectuadas por el veterinario responsable en dicho libro o copia de la hoja del registro electrónico de tratamientos medicamentosos correctamente cumplimentada, en el caso de tratarse de una receta electrónica..
- Copia de la póliza del seguro en vigor u otra documentación justificativa de estar en posesión de un seguro de responsabilidad civil de las colmenas de su explotación, a fecha de solicitud de la ayuda.
La presentación de solicitudes de subvención conlleva la autorización al órgano concedente para recabar los certificados acreditativos de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Administración General del Estado y con la Comunidad Autónoma y con la Seguridad Social. El solicitante puede denegar expresamente el consentimiento, debiendo en este caso aportar los correspondientes certificados acreditativos.
Bases reguladoras
https://boc.cantabria.es/boces/verAnuncioAction.do?idAnuBlob=419926