Decreto 4/2019, Plan de Vivienda de Cantabria 2018-2021. PROGRAMA DE AYUDAS PARA LA FIJACIÓN DE LA POBLACIÓN JOVEN EN EL ÁMBITO RURAL.

Vigencia: Hasta el 31/12/2022 BOC: Extraordinario nº 2

Las solicitudes de las subvenciones reguladas en este Decreto podrán presentarse en cualquier momento durante la vigencia del mismo (hasta la fecha de entrada en vigor del Decreto que regule las ayudas de un nuevo Plan de Vivienda de Cantabria).

Podrán ser beneficiarios de las ayudas a la compra de vivienda para los jóvenes, las personas físicas menores de treinta y cinco años que así lo soliciten y cumplan las condiciones y requisitos establecidos en este Decreto para su concesión y pago.

Documentación

La solicitud de las ayudas se acompañará del contrato de arras y de:

  1. Cuando el solicitante o alguno de los miembros de la unidad de convivencia mayor de edad, posea la nacionalidad española se deberá aportar el número de identificación fiscal y cuando se trate extranjeros con residencia legal en España, se deberá aportar el número de la Tarjeta de Identidad de Extranjero. En el caso de extranjeros sin Tarjeta de Identidad de Extranjero, se deberá aportar documentación que acredite la residencia legal en España.
  2. Declaración responsable del solicitante, formulada en el modelo oficial correspondiente, relativa a que dispone de unos ingresos mínimos acreditables, en el momento de la solicitud, que superan los 6.000 euros anuales y de que sus ingresos anuales unidos a los del resto de miembros de la unidad familiar, en los términos del artículo 54.1c) son iguales o inferiores a tres veces el IPREM referido a catorce pagas.
  3. Declaración responsable del solicitante, de que, en el plazo máximo de tres meses desde su entrega por la entidad vendedora, procederá a ocupar la vivienda y a fijar en ella su residencia habitual y permanente y su domicilio fiscal, por un plazo mínimo de cinco años, desde la fecha su se entrega por la entidad vendedora.
  4. En caso de que el solicitante o alguno de los miembros de la unidad familiar sean propietarios o usufructuarios de alguna vivienda en España, pero no dispongan de la misma por alguna de las causas señaladas en el artículo 54.1.d) de este Decreto, acreditación documental de dicha causa.
  5. Declaración responsable de aquellos miembros de la unidad familiar, mayores de edad, que vayan a vivir en la vivienda y no estén obligados a presentar la declaración del IRPF, formulada en el modelo oficial correspondiente, sobre los ingresos anuales correspondientes al último período impositivo con plazo de presentación vencido.
  6. Anexo de autorización para la consulta y obtención, tratamiento y cesión de los datos de todos los miembros de la unidad familiar mayores de edad no incapacitados.

Impresos:

Bases reguladoras

Financiación por la Unión Europea
Gobierno de España - Ministerio de Trabajo y Economía Social
Plan de recuperación, Transformación y Resiliencia
Servicio Público de Empleo Estatal
Gobierno de Cantabria - Consejería de empleo y políticas sociales
Año Jubilar Lebaniego 2023 - 2024
Servicio Cántabro de Empleo
Centro de Orientación Emprendimiento a Innovación para el empleo de Cantabria
Cámara de Comercio de Cantabria
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