Línea de subvenciones "Cheques de Innovación".
Orden IND/26/2025, 2 de junio, por la que se convoca para el año 2025 la línea de subvenciones "Cheques de Innovación".
Las solicitudes, debidamente cumplimentadas y firmadas por el representante legal de la empresa, según anexo I de la presente convocatoria, se presentarán exclusivamente por medios electrónicos a través del Registro Electrónico General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria en la dirección electrónica «sede.cantabria.es».
El certificado electrónico con el que se firma la documentación presentada deberá corresponder a la persona que ostente la representación legal de la empresa solicitante, lo que será comprobado de oficio por el órgano instructor.
Los ficheros electrónicos que se adjunten a la solicitud deberán estar en formato Portable Document Format (PDF) y el tamaño máximo admitido para cada uno de ellos será de 3 megabytes.
Documentación
Las solicitudes irán acompañadas de la siguiente documentación:
- Anexo II firmado y sellado por el proveedor del servicio prestado.
- Relación numerada de facturas y justificantes de pago, en formato Excel, que contenga los siguientes campos y en el siguiente orden: número de orden correlativo, número de factura, fecha de factura, proveedor, concepto, importe sin IVA, importe con IVA, fecha de pago.
- Copia de las facturas detalladas justificativas de las inversiones, las cuales deberán reunir los requisitos previstos en el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación y estar emitidas a nombre de la empresa solicitante de la subvención en las fechas previstas en esta orden de convocatoria. Se adjuntarán siguiendo el orden de la relación numerada.
- Comprobantes de pago-extractos de la cuenta bancaria en el que figure el cargo de la transferencia de las facturas abonados por la empresa solicitante de la subvención en las fechas establecidas en esta orden. Los pagos deberán haberse realizado a través de entidades financieras y la fecha del pago será, a todos los efectos, la fecha de valor que figure en el correspondiente cargo o adeudo. Se adjuntarán siguiendo el orden de la relación numerada.
- Memoria que incluya todas aquellas actividades de publicación y divulgación del proyecto subvencionado, incluida la página web de la entidad beneficiaria, en su caso, con las pruebas documentales que se estimen pertinentes (fotografías de los carteles informativos, capturas de pantalla de páginas web, copia de folletos, artículos de prensa, etc..), acreditativa del cumplimiento de los establecido en el artículo 4 de las bases reguladoras y del apartado Cuarto de la presente convocatoria.
- Soporte fotográfico que refleje la inversión.
- Documento acreditativo del servicio facturado, cuyo contenido mínimo será, para cada actuación, el siguiente:
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ACTUACIÓN SUBVENCIONABLE |
CONTENIDO MINIMO DOCUMENTACIÓN |
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ACTUACIÓN 1. PLANES TECNOLÓGICOS. |
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ACT. 1.1. Diagnósticos y Planes-Auditorías Tecnológicas. |
Diagnóstico o plan, incluyendo entre otros:
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ACT. 1.2. Modelos de eco-innovación y eco-diseño. |
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ACT. 1.3. Nuevos modelos de negocio vinculados a la industria 4.0. |
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ACTUACIÓN 2. PLANES INDUSTRIALES. |
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ACT. 2.1. Aplicación tecnologías facilitadoras vinculadas a la industria 4.0 (Big data, fabricación aditiva, IoT, ciberseguridad, cloud computing, robótica, realidad aumentada, sistemas de realidad virtual, visión artificial, virtualización) en general. |
Proyecto o informe técnico, incluyendo entre otros:
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ACT. 2.2. Pruebas de concepto, tests, y validación experimental de: – Prototipos de nuevos productos y/o servicios. – Procesos piloto. – Nuevos métodos y materiales. |
Proyecto o Memoria, incluyendo entre otros:
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ACT. 2.3. Rediseño o generación de nuevos productos o servicios innovadores. |
Informe técnico o proyecto: descripción de la situación actual, necesidades, objetivos, metodología, desarrollo, conclusiones… Descripción de los productos o servicios desarrollados. |
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ACT. 2.4. Transformación o reingeniería de procesos de fabricación. |
Informe técnico: descripción de la situación actual, necesidades, objetivos, metodología, desarrollo, conclusiones… Descripción de los procesos analizados, acciones realizadas, plan de implementación. |
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ACT 2.5. Actividades de diseño industrial, ingeniería y puesta a punto de nuevos sistemas de producción, vinculados a nuevos productos, procesos o servicios diferenciadores. |
Informe técnico sobre los sistemas de producción, procesos, actividades o tecnologías: descripción de la situación actual, necesidades, objetivos, metodología, desarrollo, conclusiones… Descripción de los productos, procesos o servicios vinculados, acciones realizadas, plan de implementación. |
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ACT. 2.6. Aplicación de las TIC a: – Eficiencia energética, sostenibilidad y medioambiente. – Logística, transporte y distribución. – Comercio electrónico. – Apertura de canales y contenidos avanzados (APPS, comercio electrónico, medios de pago). – Desarrollo y/o integración de nuevo software vinculado a la implantación de innovaciones tecnológicas. |
Proyecto o informe técnico, incluyendo:
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ACTUACIÓN 3. PATENTES, PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL y NORMALIZACIÓN. |
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ACT 3.1. Gestión y solicitud de patentes, modelos de utilidad, u otros modelos de protección de la propiedad intelectual. |
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ACT 3.2. Sistemas de familia normas UNE 166000. |
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ACTUACIÓN 4. PROCESOS EFICIENTES. |
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Métodos y herramientas de gestión avanzada, técnicas y herramientas LEAN, círculos de calidad, mini-fábricas, autoevaluación REDER, análisis ciclo de vida. |
Memoria o proyecto, incluyendo
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La presentación de la solicitud para la obtención de subvención conllevará la autorización de la entidad solicitante para que la Dirección General de Innovación, Desarrollo Tecnológico y Emprendimiento Industrial obtenga de forma directa la acreditación del cumplimiento por la entidad solicitante de sus obligaciones con la Agencia Estatal de Administración Tributaria y con la Seguridad Social, así como con la Agencia Cántabra de Administración Tributaria, a través de certificados telemáticos.
En el supuesto de que la solicitante manifestara expresamente que no otorga dicha autorización para recabar los certificados acreditativos de estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, deberá presentar dichos certificados junto con su solicitud de subvención.
La presentación de la solicitud, asimismo, conllevará la autorización para que la Dirección General de Innovación, Desarrollo Tecnológico y Emprendimiento Industrial realice la consulta sobre la identidad de la persona firmante al sistema de verificación de datos, de conformidad con la Orden PRE/3949/2006, de 26 de diciembre (Boletín Oficial del Estado de 28 de diciembre de 2006), en su caso. En caso de no autorizar deberá aportar DNI.
Bases reguladoras
https://boc.cantabria.es/boces/verAnuncioAction.do?idAnuBlob=406494






