Portada » Ayudas » Orden EPS/27/2022, de 20 de septiembre, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2022 de las subvenciones dirigidas a la reducción de la siniestralidad laboral mediante la mejora de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, así como de la integración de la prevención de riesgos laborales.

Orden EPS/27/2022, de 20 de septiembre, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2022 de las subvenciones dirigidas a la reducción de la siniestralidad laboral mediante la mejora de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, así como de la integración de la prevención de riesgos laborales.

Vigencia: Hasta el 24/10/2022 BOC: 189

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Pueden acogerse a las presentes subvenciones las pequeñas y medianas empresas con domicilio social o centro de trabajo comprobado en la Comunidad Autónoma de Cantabria, que realicen durante el año 2.022 en sus centros de trabajo ubicados en esta Comunidad Autónoma las actuaciones reguladas en la presente norma, excepto las empresas de los sectores excluidos del ámbito de aplicación del Reglamento (UE) Nº 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de mínimis ( Diario Oficial de la Unión Europea L 352/1 de 24.12.2013).

Para la consideración de pequeña y mediana empresa se estará a lo establecido en la Recomendación 2003/361/CE, de la Comisión, de 6 de mayo de 2003, sobre la definición de microempresas, pequeñas y medianas.

Documentación

Las solicitudes irán acompañadas de la siguiente documentación:

Documentación genérica:

  • D.N.I o N.I.F del solicitante.
  • Declaración relativa a la condición de PYME de la empresa.
  • Documentación acreditativa de la representación que ostenta la persona que formula la solicitud, cuando actúe con tal carácter, o certificado del órgano competente de la organización que acredite la capacidad del firmante para obligarse en nombre de ella.
  • Alta o último recibo del I.A.E. o, en su caso, justificante de exención o declaración responsable de estar exentos del mismo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 82 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
  • Autorización para que la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria pueda recabar datos de la Agencia Tributaria y de la Tesorería general de la Seguridad Social de estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. No obstante, el solicitante podrá denegar expresamente el consentimiento, debiendo aportar entonces dichos certificados.
  • Declaración responsable de no estar incurso en ninguna de las circunstancias relacionadas en los puntos 2 y 3 del artículo 12 de la Ley 10/2006, de 17 de julio, General de Subvenciones de Cantabria.
  • Vida laboral de empresa a fecha de publicación de la presente Orden en el BOC correspondiente al año anterior a la convocatoria, expedida por la Tesorería General de la Seguridad Social.
  • Declaración responsable del número de trabajadores fijos y temporales de alta en la empresa correspondiente al año anterior a la convocatoria por la que se solicitan las ayudas. Esta declaración comprenderá el número de trabajadores totales mes a mes, con indicación del número de trabajadores fijos y temporales, su suma y el cociente de dividir el número total entre doce meses. En el caso de empresas de nueva creación, esta declaración se efectuará computándose desde la fecha de inscripción en la Seguridad Social hasta final de año.
  • Declaración responsable de no haber sido objeto de sanción firme en los dos últimos años, contados hasta la publicación de esta Orden en el BOC, falta muy grave en materia de seguridad y salud en el trabajo.
  • Declaración de otras ayudas concedidas y/o solicitadas para la misma finalidad.
  • Declaración de concurrencia de ayudas en régimen de MINIMIS.
  • Cuenta justificativa, conforme a lo dispuesto en el resuelvo décimo de la presente convocatoria.
  • Ficha de terceros diligenciada por la entidad bancaria y firmada y sellada por la empresa beneficiaria.

Documentación técnica

  • La documentación técnica que debe presentarse se especifica en el resuelvo decimosegundo de la presente convocatoria, para cada una de las líneas de subvención.

Documentación en materia de seguridad y salud laboral

  • Declaración responsable del tipo de modalidad para la organización de los recursos necesarios para el desarrollo de las actividades preventivas, según se establece en el artículo 10 del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención.
  • Declaración responsable de haber realizado, implantado y mantener actualizado el plan de prevención de riesgos laborales, la evaluación de riesgos laborales y la planificación de la actividad preventiva, de conformidad con lo establecido en el artículo 2 del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, y siguientes, así como el artículo 16 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre.
  • Declaración responsable de que se ha superado la correspondiente auditoria o evaluación externa del sistema de prevención de su organización conforme al artículo 30.6 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, o bien la notificación a la Autoridad Laboral en caso de no ser ésta necesaria según los artículos 29 y siguientes del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero.
  • Documentos correspondientes a la evaluación y a la planificación de la actividad preventiva en los que se refleje de forma expresa, entre otros extremos, los riesgos identificados y los recursos materiales necesarios para la ejecución de la misma (gasto subvencionable), conforme al resuelvo cuarto de la presente convocatoria.

Justificación de las ayudas y pago

La cuenta justificativa deberá presentarse en los mismos lugares, medios y plazo que se especifica en el resuelvo octavo para las solicitudes, y estará integrada por la siguiente documentación:

  • Informe de finalización del proyecto, en su caso.
  • Declaración de las actividades realizadas que han sido financiadas con la subvención y su coste con el desglose de cada uno de los gastos incurridos.
  • Memoria de la justificación, en la que se especifiquen las inversiones efectivamente realizadas.
  • La documentación técnica que se especifica en el resuelvo decimosegundo, para cada una de las líneas de subvención.
  • Facturas y justificantes bancarios de pago de todos los gastos e inversiones objeto de ayuda (únicamente se admitirán los pagos realizados mediante tarjeta de crédito, transferencia bancaria o cualquier otro medio que permita la acreditación del cargo en una cuenta de la que sea titular el beneficiario). Quedan expresamente excluidos los pagos en efectivo.
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